Consideraciones Previas
Antes de completar este formulario, es importante leer y considerar la siguiente información:
El canal de Denuncias de Trayecta Asesorías Inmobiliaria SPA ha sido diseñado para garantizar la confidencialidad y seguridad en la recepción de denuncias sobre incumplimientos relativos a la prevención, investigación y sanción por conductas constitutivas de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, en virtud de la Ley N°21.643 (Ley Karin).
Todas las denuncias ingresadas en este canal de denuncias serán analizadas y respondidas.
El denunciante se compromete a proporcionar información pertinente y verídica que disponga sobre la situación denunciada, además de mantener un lenguaje adecuado y respetuoso.
De conformidad a la Ley 21.643 (Ley Karin) y con el objetivo de ingresar adecuadamente las denuncias en el presente Canal, se deberá tener especial atención a los siguientes conceptos:
Acoso sexual: Entendiéndose por tal el que una persona realice, en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Acoso laboral: Entendiéndose por tal toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, ya sea que manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Violencia en el trabajo: La violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.
En atención a los conceptos ya definidos, este canal debe utilizarse exclusivamente para denuncias por conductas que estime constitutivas de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo y no para aquellos hechos que, atendido el contexto y las circunstancias específicas de cada trabajador o trabajadora, formen parte del ejercicio legítimo de las funciones de gestión o administración de la Empresa, siempre que se realicen dentro del marco del respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras, y no sean utilizadas subrepticiamente como mecanismos de hostigamiento o agresión hacia una persona específica.
Algunos ejemplos de conductas que se encuentran dentro del marco de una relación laboral apropiada, sin perjuicio del contexto y circunstancias personales de cada trabajador o trabajadora:
- Comentarios y consejos legítimos relacionados con las asignaciones de trabajo.
- Evaluaciones propias sobre el desempeño laboral o la conducta relacionada con el trabajo.
- Implementación de políticas de la empresa o medidas disciplinarias, siempre que sean razonables y justificadas.
- Asignación y programación de cargas de trabajo, o cambios en las funciones del puesto por causas objetivas asociadas a cada trabajador o trabajadora.
- Informar a un trabajador sobre un desempeño laboral insatisfactorio o un comportamiento inadecuado.
- Aplicar cambios organizativos o reestructuraciones, siempre que respeten los derechos fundamentales del personal.
- Cualquier otro ejercicio razonable y legal de una función de gestión, siempre dentro del marco de respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras.
Distinguir correctamente situaciones constitutivas de acoso sexual, acoso laboral o violencia en el trabajo es fundamental para el uso adecuado de este formulario.
Si tienes dudas, te invitamos a consultar el Protocolo de Prevención de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo de Trayecta en el reglamento interno de la empresa o solicitar orientación a RRHH antes de presentar la denuncia.
Instrucciones:
Este formulario se utiliza para presentar denuncias en conformidad con la Ley N° 21.643 (Ley Karin). Toda la información proporcionada será tratada con estricta confidencialidad, y la identificación del denunciante es un requisito indispensable para la procedencia de la denuncia y el eventual proceso de investigación.